viernes, 2 de agosto de 2013

2.2. La educación especial y la atención a las necesidades educativas especiales.

2.2. La educación especial y la atención a las necesidades educativas especiales. pag 18.

La educación especial fue constituyendo un sistema paralelo a la educación general, creando sus propios centros.

A nivel mundial, en las dos últimas décadas del siglo XX distintos foros nacionales e internacionales propusieron sustituir el término educación especial, por el de necesidades educativas especiales.

El informe Warnock, publicado en 1978 por la Secretaría de Educación del Reino Unido, popularizaría el término necesidades educativas especiales (NEE) y distingue tres tipos de integración de estas personas:
  • Integración social: o compartir actividades extracurriculares o espacios como el patio de recreo sin que exista currículum común.
  • Integración física: la que existe en los centros ordinarios con aulas de educación especial o cuando alumnos ordinarios y alumnos con discapacidad comparten algunos servicios del centro. No existe currículum común.
  • Integración funcional: consiste en que todos los alumnos compartan total o parcialmente el currículum.
Con posterioridad, se pasa del concepto de normalización de las diferencias en los centros ordinarios al concepto de escuela inclusiva que acepta a todos los alumnos como básicamente diferentes sean cuales sean sus circunstancias personales y sociales.

Finalmente, la Constitución Europea sienta las bases sobre la actuación de los poderes públicos en la promoción de la no discriminación y de la acción positiva como base para asegurar la inclusión social de todos los individuos.

Los países europeos con matices que dan lugar a 3 modelos básicos, están adaptando la educación especial de acuerdo con los principios de normalización, integración e inclusión, y con la concepción de la educación como un servicio prestado a la ciudadanía:
  • Sistemas integrados: procuran la integración en la escuela ordinaria de las personas con discapacidad o con necesidades educativas especiales: España, Italia, Reino Unido, Suecia y Dinamarca.
  • Sistemas separados: que consideran la educación especial un subsistema específico, adaptándose al máximo a las características de los distintos tipos de déficit: Alemania, Bélgica, Holanda o Luxemburgo.
  • Sistemas mixtos: se pretende la integración en el marco de la escuela ordinaria y de la educación especial a tiempo parcia. Por ejemplo, pueden compartir comedor, recreos y parte del horario escolar en las mismas aulas. Paises donde se da Francia, Portugal e Irlanda.

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